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LA HOZ DE LA VIEJA
CON ESCUDO Y BANDERA
DECRETO 179/2008, de 9 de septiembre, del Gobierno de Aragón,
por el que se autoriza al Ayuntamiento de La Hoz de La Vieja, de
la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera
municipal.
El Ayuntamiento de La Hoz de la Vieja, de la
provincia de Teruel, inició expediente para la adopción de su
escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y
Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de
Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación,
modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de
los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad
Autónoma de Aragón. El trámite procedimental se sustanció con
arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo
Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón. En su virtud, a
propuesta del Consejero de Política Territorial, Justicia e
Interior, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su
reunión del día 9 de septiembre de 2008,
DISPONGO:
Artículo único.—Se
autoriza al Ayuntamiento de La Hoz de la Vieja, de la provincia
de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal, que
quedarán organizados de la forma siguiente: Escudo cuadrilongo
de base redondeada. Cuartelado en cruz: primero y cuarto, de
oro, dos palos de gules; segundo y tercero, de azur, una hoz de
oro. Al timbre, Corona Real abierta.
Bandera: Paño
azul, de proporción 2:3, ancho por largo; con tres fajas en la
parte superior e inferior, alternantes de amarillo y rojo. Al
asta, dos hoces amarillas, puestas en aspa.
Zaragoza, 9 de septiembre de 2008.
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